jueves, 11 de junio de 2015

Normas internacionales que en materia de derechos humanos tutelan y protegen a los niños, niñas y adolescentes


Considerando  la normativa internacional en materia de derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes, se pueden destacar las siguientes:

En primer lugar se analizará  la Convención de los Derechos del Niño (CDN),  la cual ha representado una base fundamental como sistema jurídico para la protección del niño, haciendo especial énfasis en los diferentes deberes y derechos que adquiere el niño, así como los deberes de los padres y del Estado para su protección y vigilancia. Bajo estas consideraciones,  Cillero S/F,   expone  que “la CDN representa el consenso de las diferentes culturas y sistemas jurídicos de la humanidad en aspectos tan esenciales como la relación del niño con la familia; los derechos y deberes de los padres y del Estado; y las políticas sociales dirigidas a la infancia”.

            En este sentido la CDN, ha logrado ratificarse casi de manera universal por los Estados partes, donde según la UNICEF hay cerca de un 96% de  niños a nivel mundial,  amparados por cada una de sus disposiciones, lo que quiere decir entonces, que la CDN representa una de las principales normas internacionales que en el plano jurídico buscan  la protección y tutela de los mismos. Quizás el aspecto de mayor relevancia que ha tenido la CDN ha sido, la inclusión de los niños como sujetos de derechos, si bien es cierto, por su naturaleza humana los niños siempre han estado acogidos en las diferentes  normativas de derechos humanos, sin embargo, existían situaciones y/o hechos  donde quedaban excluidos, desprovistos o no eran cubiertos en su totalidad, evidenciándose una protección a medias o limitada,   situación que representaba una restricción, con consecuencias nefastas para la población infantil,  de allí la importancia y el auge de la CND como instrumento internacional para garantizar la igualdad y no discriminación de los niños, teniendo un acceso a la justicia, como sujetos de derechos, refiriendo como base la promoción de sus dignidad humana, considerando sus características propias como ser humano que lo hacen un grupo vulnerable.          Por consiguiente, la CDN, representa el instrumento internacional con carácter integral que garantiza el establecimiento de relaciones armónicas  entre los niños, niñas  adolescentes con la familia y el Estado, bajo una concepción tutelar de los derechos y deberes de cada uno de los actores involucrados.

De este modo, al ratificarse los derechos y deberes de la CDN, los Estados partes deben  cumplir  con una serie de lineamientos  dirigidos en primer lugar a la reafirmación de los niños, niñas  y adolescentes como personas humanas con igualdad de derechos para el logro de un desarrollo integral,  así como, la estructuración de políticas públicas para garantizar su protección.

Ahora bien, otro aspecto  resaltante  de la CDN es su integralidad, donde existe una  concepción del niño como sujeto de derecho, estableciendo un conjunto de disposiciones destinadas a reconocer y garantizar los derechos del niño a la sobrevivencia, el desarrollo, la protección y la participación, derechos que están completamente integrados, esto es, son inseparables donde, el desarrollo integral de las niñas y los niños exige una protección social y jurídica, igualitaria, integral y efectiva; que garantice la autonomía del niño en el ejercicio de los derechos; a esta protección están especialmente obligados sus padres y el Estado, pero, en último término, corresponde a la sociedad en su conjunto. Cillero S/F.

En segundo lugar, se  analizará  la Declaración de los Derechos del Niño, la misma constituye un aval imprescindible al momento de tutelar y proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Al respecto, señala “que el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento”, lo que nos hace inferir,  que se establecen niveles de protección que involucran directamente al núcleo familiar como entorno inmediato para hacer valer los derechos del niño, haciéndola responsable del bienestar y desarrollo integral de los mismos, también se destaca,  el papel del Estado para garantizar estos derechos mediante políticas públicas determinadas para tal fin. A continuación se nombran los diez principios establecidos sobre los derechos del niño:

1. El derecho a la igualdad, sin distinción de raza, religión o nacionalidad.

2. El derecho a tener una protección especial para el desarrollo físico, mental y social del niño.

3. El derecho a un nombre y a una nacionalidad desde su nacimiento.

4. El derecho a una alimentación, vivienda y atención médicos adecuados.

5. El derecho a una educación y a un tratamiento especial para aquellos niños que sufren alguna discapacidad mental o física.

6. El derecho a la comprensión y al amor de los padres y de la sociedad.

7. El derecho a actividades recreativas y a una educación gratuita.

8. El derecho a estar entre los primeros en recibir ayuda en cualquier circunstancia.

9. El derecho a la protección contra cualquier forma de abandono, crueldad y explotación.

10. El derecho a ser criado con un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos y hermandad universal.

En tercer lugar, se hará mención  sobre la Declaración de la Asociación Médica Mundial sobre el maltrato y abandono del niño,  la misma se dispone, “el abuso emocional, sexual y físico representan diversas formas de maltrato al niño. El descuido de un niño representa el fracaso de sus padres o de otra persona legalmente responsable de su bienestar, para satisfacer las necesidades básicas y proporcionarle un nivel adecuado de atención”. Esta declaración internacional representa un gran aporte al sector salud, puesto que genera de 16 normas que deben adoptarse para garantizar la salud integral del niño.

En la actualidad, las manifestaciones de violencia y/o maltrato infantil representan un alto índice a nivel mundial,  el sector salud, puede representar una pieza indispensable en la prevención y detección de estas, puesto que en los primeros años de la infancia la relación médica con la familia es necesaria, pudiendo entonces ser participes de la garantía de los derechos del niño,  cuando se sospecha que este  ha sido víctima de abuso, por lo que se requiere de un medico en constante formación o conocimientos especializado en maltrato de niños.

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