Considerando
la normativa internacional en materia de
derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes, se pueden destacar las
siguientes:
En primer
lugar se analizará la Convención de
los Derechos del Niño (CDN), la cual
ha representado una base fundamental como sistema jurídico para la protección
del niño, haciendo especial énfasis en los diferentes deberes y derechos que
adquiere el niño, así como los deberes de los padres y del Estado para su
protección y vigilancia. Bajo estas consideraciones, Cillero S/F, expone que “la CDN representa el consenso de las diferentes culturas
y sistemas jurídicos de la humanidad en aspectos tan esenciales como la
relación del niño con la familia; los derechos y deberes de los padres y del
Estado; y las políticas sociales dirigidas a la infancia”.
En este
sentido la CDN, ha logrado ratificarse casi de manera universal por los Estados
partes, donde según la UNICEF hay cerca de un 96% de niños a nivel mundial, amparados por cada una de sus disposiciones,
lo que quiere decir entonces, que la CDN representa una de las principales
normas internacionales que en el plano jurídico buscan la protección y tutela de los mismos. Quizás el
aspecto de mayor relevancia que ha tenido la CDN ha sido, la inclusión de los
niños como sujetos de derechos, si bien es cierto, por su naturaleza humana los
niños siempre han estado acogidos en las diferentes normativas de derechos humanos, sin embargo, existían
situaciones y/o hechos donde quedaban
excluidos, desprovistos o no eran cubiertos en su totalidad, evidenciándose una
protección a medias o limitada, situación que representaba una restricción,
con consecuencias nefastas para la población infantil, de allí la importancia y el auge de la CND
como instrumento internacional para garantizar la igualdad y no discriminación
de los niños, teniendo un acceso a la justicia, como sujetos de derechos,
refiriendo como base la promoción de sus dignidad humana, considerando sus características
propias como ser humano que lo hacen un grupo vulnerable. Por consiguiente, la CDN, representa el
instrumento internacional con carácter integral que garantiza el
establecimiento de relaciones armónicas entre
los niños, niñas adolescentes con la
familia y el Estado, bajo una concepción tutelar de los derechos y deberes de
cada uno de los actores involucrados.
De este modo, al ratificarse los
derechos y deberes de la CDN, los Estados partes deben cumplir con una serie de lineamientos dirigidos en primer lugar a la reafirmación
de los niños, niñas y adolescentes como
personas humanas con igualdad de derechos para el logro de un desarrollo
integral, así como, la estructuración de
políticas públicas para garantizar su protección.
Ahora bien, otro aspecto resaltante de la CDN es su integralidad, donde existe una
concepción del niño como sujeto de
derecho, estableciendo un conjunto de disposiciones destinadas a reconocer y
garantizar los derechos del niño a la sobrevivencia, el desarrollo, la
protección y la participación, derechos que están completamente integrados,
esto es, son inseparables donde, el desarrollo integral de las niñas y los
niños exige una protección social y jurídica, igualitaria, integral y efectiva;
que garantice la autonomía del niño en el ejercicio de los derechos; a esta
protección están especialmente obligados sus padres y el Estado, pero, en
último término, corresponde a la sociedad en su conjunto. Cillero S/F.
En segundo
lugar, se analizará la Declaración de los Derechos del Niño,
la misma constituye un aval imprescindible al momento de tutelar y proteger los
derechos de los niños, niñas y adolescentes. Al respecto, señala “que el niño,
por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado
especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del
nacimiento”, lo que nos hace inferir, que se establecen niveles de protección que
involucran directamente al núcleo familiar como entorno inmediato para hacer
valer los derechos del niño, haciéndola responsable del bienestar y desarrollo
integral de los mismos, también se destaca, el papel del Estado para garantizar estos
derechos mediante políticas públicas determinadas para tal fin. A continuación
se nombran los diez principios establecidos sobre los derechos del niño:
1. El derecho a la
igualdad, sin distinción de raza, religión o nacionalidad.
2. El derecho a tener
una protección especial para el desarrollo físico, mental y social del niño.
3. El derecho a un
nombre y a una nacionalidad desde su nacimiento.
4. El derecho a una
alimentación, vivienda y atención médicos adecuados.
5. El derecho a una
educación y a un tratamiento especial para aquellos niños que sufren alguna
discapacidad mental o física.
6. El derecho a la
comprensión y al amor de los padres y de la sociedad.
7. El derecho a
actividades recreativas y a una educación gratuita.
8. El derecho a estar
entre los primeros en recibir ayuda en cualquier circunstancia.
9. El derecho a la
protección contra cualquier forma de abandono, crueldad y explotación.
10. El derecho a ser
criado con un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos y
hermandad universal.
En tercer
lugar, se hará mención sobre la Declaración de la Asociación Médica Mundial
sobre el maltrato y abandono del niño,
la misma se dispone, “el abuso emocional, sexual y físico representan
diversas formas de maltrato al niño. El descuido de un niño representa el
fracaso de sus padres o de otra persona legalmente responsable de su bienestar,
para satisfacer las necesidades básicas y proporcionarle un nivel adecuado de
atención”. Esta declaración internacional representa un gran aporte al sector
salud, puesto que genera de 16 normas que deben adoptarse para garantizar la
salud integral del niño.
En la
actualidad, las manifestaciones de violencia y/o maltrato infantil representan
un alto índice a nivel mundial, el
sector salud, puede representar una pieza indispensable en la prevención y
detección de estas, puesto que en los primeros años de la infancia la relación
médica con la familia es necesaria, pudiendo entonces ser participes de la garantía
de los derechos del niño, cuando se
sospecha que este ha sido víctima de
abuso, por lo que se requiere de un medico en constante formación o
conocimientos especializado en maltrato de niños.
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